Nueva reglamentación de aislación térmica

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5 de Junio, 2024

Refugio Malalcahuello
Francisca Cifuentes y Alejandro Morales, arquitectos

Este 27 de mayo se publicó en el Diario Oficial la actualización del artículo 4.1.10. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), que se enmarca en los parámetros actuales de la Reglamentación Térmica vigente aplicables en las áreas en las que se utilizan las normas de Planes de Descontaminación Atmosférico (PDA).  La nueva norma comenzará a regir transcurridos dieciocho meses desde su publicación oficial.

En la búsqueda de alcanzar una reducción del 30% en la demanda de energía en calefacción promedio de Chile, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo ha instruido un aumento de las exigencias y estándares vigentes para vivienda, junto con la incorporación de exigencias a otros destinos, abordando de manera integral los elementos de la envolvente térmica de las edificaciones.

El contexto está dado por el compromiso de Chile de reducción de emisiones de CO2 al año 2030, en el marco del Acuerdo Climático de Paris, así una de las principales medidas en el sector de la construcción se refiere al mejoramiento térmico de las edificaciones, proyectando que permitirán generar beneficios económicos, sociales y medioambientales.

Mejorar la calidad de vida de los habitantes, a través de temperaturas de confort y calidad del aire al interior de las viviendas; alcanzar condiciones adecuadas para un ambiente saludable; disminuir el consumo energético, contribuyendo al ahorro en gastos de calefacción y disminuir el consumo de leña, que se traduce en disminución de la emisión de material particulado al ambiente, son sólo algunos de los objetivos que se persiguen con la actualización del artículo 4.1.10. de la OGUC.

La modificación de los actuales estándares térmicos de las viviendas es un imperativo. Los problemas que han surgido en la habitabilidad debido a la generación de patologías constructivas asociadas a la humedad por condensación han representado un alto costo para el Estado, el que ha tenido que incurrir en gastos por subsidios habitacionales para corregir estas deficiencias.

Es sabido que la madera es un material que tiene excelentes cualidades como aislante del calor, respira, por lo tanto, regula la temperatura interior de la casa y expulsa la humedad, repercutiendo positivamente en la salud de sus habitantes. Es así como “Inmediatamente le entregas una ventaja a la madera. Creo que hay que facilitar la introducción de la incorporación de estas materialidades que son sostenibles, con emisiones más bajas y capaces de secuestrar carbono”, señala al respecto el presidente de Madera21, Juan Pablo Pereira.

La nueva reglamentación

La modificación del artículo 4.1.10. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, actualiza sus estándares y normas técnicas referidas al acondicionamiento térmico, estableciendo requisitos y mecanismos de acreditación para las edificaciones, y Madera21 te muestra sus principales contenidos.

Cambios en zonificaciones térmicas: La nueva reglamentación toma en cuenta con mayor precisión la diversidad térmica del país, aumentando de 7 a 9 zonas. Esto permitirá una mejor adaptación de las construcciones a las condiciones climáticas específicas de cada región.

Aumento de las exigencias de aislación térmica: Se incrementan las exigencias de aislación térmica, incluyendo ahora las puertas y aumentando significativamente los requerimientos para los muros, especialmente los de ladrillo, que deberán ser aislados adecuadamente.

Porcentaje máximo de ventanas, ahora por fachada: Las fachadas norte permiten un mayor porcentaje de acristalamiento, seguidas por las fachadas poniente y oriente, y finalmente las fachadas sur, que permiten el menor porcentaje de ventanas. Para edificaciones con menos del 60% de superficie de muros al exterior, se considera un porcentaje especial llamado OGT. Además, se puede optar por vidrios de menores prestaciones térmicas si los muros tienen mejores, ponderando la transmitancia térmica de los muros con la de los vidrios para un cumplimiento alternativo.

Aislamiento de sobrecimientos: Se exigirá aislar los sobrecimientos, mientras que el radier o losa sobre terreno no requerirá la colocación de material aislante debajo de este.

Análisis de condensaciones superficial e intersticial: En los complejos de muros perimetrales, techumbre y piso ventilado, se deberá verificar que no exista riesgo de condensación superficial o intersticial. El análisis deberá incluir los puentes térmicos de la solución constructiva.

Exigencias para infiltraciones de aire: Las viviendas deberán cumplir con exigencias de infiltración de aire según la provincia. Se requerirá realizar un ensayo en terreno con la vivienda ya construida para validar que se cumplen estas exigencias.

Estándares mínimos de ventilación: Se deberán cumplir con las normas de ventilación según NCh 3308 y 3309. La tasa mínima de ventilación dependerá de cada proyecto, considerando factores como el número de dormitorios, baños y el tamaño de la cocina. El cumplimiento de estas normas se acreditará mediante un informe técnico.

Para leer la modificación completa haz clic aquí

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